SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0038/2022-S3
Fecha: 09-Mar-2022
II. CONCLUSIÓN
De la revisión de los antecedentes que cursan en obrados, se establece lo siguiente:
II.1. Cursa acta de audiencia pública de consideración y resolución de apelación incidental de medida cautelar de 4 de septiembre de 2020, en la cual Julio Alberto Miranda Martínez, Vocal de la Sala Penal Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Potosí -ahora accionado-, escuchando los agravios expuestos por la defensa de Geovanna Yaruska Olmos Cárdenas -ahora accionante-, así como la intervención de los demás sujetos procesales, emitió el Auto de Vista de igual fecha por el que declaró parcialmente procedente el recurso de apelación incidental presentado contra el “auto” de 21 de agosto de ese año, dejando sin efecto la determinación de implementar el dispositivo de rastreo electrónico para la imputada -se entiende la accionante-, y en lo demás, mantuvo vigente lo dispuesto por el citado “auto” (fs. 34 a 37 vta.).