Auto Gubernamental Plurinacional S1/0039/2021
Tribunal Agroambiental Bolivia

Auto Gubernamental Plurinacional S1/0039/2021

Fecha: 05-May-2021

II. FUNDAMENTACION FACTICA.HECHOS PROBADOS POR LOS DEMANDADOS RECONVENCIONISTAS

1.-Que, la Asociación de Productores y Transformación Agropecuaria Pachamama la Angostura, es beneficiaria de 39.5696 has, dentro de la 159.1159 has comunales, donde a la demandada Yola Sabina Sagredo se le dotó 2 has. (ver acta de reunión de fs. 100 a 102, 118 a 120, 143 a 144,145, 167 a 169,191 a 193).

2.- Que, a la demandada Felicidad Rocío Abigail Sagredo, no se le dotó de tierra alguna por no ser parte de la Asociación de Productores y Transformación Agropecuaria Pachamama (ver acta de fundación de fs. 99 y acta de reunión de fs. 100 a 102, 118 a 120, 143 a 144,145, 167 a 169,191 a 193).

HECHOS NO PROBADOS POR LA PARTE ACTORA.

1.-La posesión actual real y efectiva de la actora sobre el terreno ubicado en la comunidad la angostura, en una superficie de 39.869 metros cuadrados, desde hace más de 12 años.

2.-Que, los demandados cometieron actos perturbatorios a su posesión.

3.- Tiempo y forma en que se cometieron los actos y/ o amenazas de perturbación por parte de los demandados.

HECHOS NO PROBADOS POR LOS DEMANDADOS.

RECONVENCIONISTAS.

1.-Su posesión real, efectiva, continuada e ininterrumpida sobre la superficie de 3 has sito en la comunidad la Angostura desde el 2014,hasta el momento del despojo.

2.-Que, las demandadas han cometido actos de despojo a su posesión como Asociación de Productores y transformación Agropecuaria Pachamama.

3.-Que la acción ha sido intentada dentro del año de producido el despojo.