Por Tanto 1
POR TANTO: La Sala Segunda del Tribunal Agroambiental, sin entrar en mayores consideraciones de orden legal, tiene por NO PRESENTADA la demanda de Nulidad y Anulabilidad de Título Ejecutorial cursante de fs. 130 a 134 y vta., interpuesta por Luciano Mamani García en representación de la Asociación de Pequeños Industriales de los CHICHAS “ADEPI-CHICHAS” conforme al Testimonio de Poder N° 186/2023 de 12 de agosto de 2023 cursante de fs. 145 a 147, contra Rene Emilio Michel Cortez, Domitilo Quispe Mamani, Florencio Tito Aleluya y Alfredo Pérez Alfaro.
Habiéndose producido las renuncias de las Magistradas Ángela Sánchez Panozo y Elva Terceros Cuellar, que dieron lugar a la consiguiente reconformación de Salas, la Suscrita Magistrada presidente de Sala Segunda CONVOCA al único Magistrado habilitado de Sala Primera del Tribunal Agroambiental, Rufo Nivardo Vásquez Mercado, para conformar Sala, a objeto de la suscripción del presente Auto, en función al principio de celeridad procesal y servicio a la sociedad consagrados en el art. 76 de la Ley N° 1715 y el art. 178 de la Constitución Política del Estado y la competencia otorgada por la Declaración Constitucional Plurinacional 49/2023 de 11 de diciembre de 2023.
Regístrese, notifíquese y archívese.
Providenciando a los memoriales cursantes a fs. 229 a 232, 234 a 237 y 239 y vta.
Estese al presente Auto Interlocutorio Definitivo.
