Por Tanto 1
La Sala Primera del Tribunal Agroambiental, sin entrar en mayores consideraciones de orden legal, en cumplimiento a lo dispuesto por el art. 68 de la Ley N° 1715, se tiene por NO PRESENTADA la demanda de Nulidad y Anulabilidad de Título Ejecutorial, cursante de fs. 31 a 34 vta. de obrados, incoada por Martin Antonio Cabrera Valdivia y Gudelia Alarcón Luna, en calidad de apoderados legales de Fermín Quispe Santos, Justina Quispe Santos, Carmela Quispe Santos de Ali y Víctor Valencia Gamboa, contra Remberto Escobar Plata, debiendo archivarse obrados.
Regístrese, notifíquese y archívese.
