POR TANTO
La Sala Primera del Tribunal Agroambiental, administrando Justicia en única instancia, en ejercicio del art. 189-2 de la CPE, concordante con el art. 36-2) de la L. N° 1715; FALLA declarando PROBADA la demanda de Nulidad de Título Ejecutorial, interpuesta por Natalio Cesari Torres y Petrona García Céspedes, cursante de fs. 75 a 77 vta., subsanada por memoriales a fs. 229 y a fs. 234 de obrados; por consiguiente, se declara NULO y sin valor legal el Título Ejecutorial Nº SPP-NAL-078347 de 21 de abril de 2009, emitido a título de consolidación y dotación, respecto a la propiedad denominada "LA PORFIA", de una superficie de 101,3744 ha, ubicada en el cantón San Carlos, sección Segunda, provincia Ichilo del departamento de Santa Cruz, y nulo el proceso de Saneamiento que le dio origen, hasta la etapa de Pericias de Campo, debiendo reencausarse el mismo de acuerdo a los argumentos
TRIBUNAL AGROAMBIENTAL
desarrollados en el presente fallo, conforme a los alcances del art. 50-III de la L. N° 1715, sólo respecto a este predio, debiendo el INRA emitir las resoluciones administrativas que correspondan en derecho; sea con costas. Disponiéndose en ejecución de Sentencia, la cancelación del registro en Derechos Reales del Título Ejecutorial Nº SPP-NAL-078347 de 21 de abril de 2009, con matrícula 7.04.2.01.0006643. Notificadas como fueren las partes con la presente Sentencia, devuélvase los antecedentes remitidos por el Instituto Nacional de Reforma Agraria, en el plazo máximo de 30 días, debiendo quedar en su lugar copias en formato digital. Regístrese, comuníquese y archívese. -
Fdo.
Elva Terceros Cuellar Magistrada Sala Primera
Ángela Sánchez Panozo Magistrada Sala Primera
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