III. ACTUADOS EN SEDE ADMINISTRATIVA PARA RESOLVER LA DEMANDA DE NULIDAD DE TÍTULO EJECUTORIAL
De la revisión y compulsa de los antecedentes del proceso de saneamiento del predio denominado "Eñe Alto Parcela 061" (foliación superior derecha), se establece lo siguiente:
III.1. Por Resolución de Inicio de Procedimiento RIP No. 065/2011 de 20 de septiembre de 2011, se determinó entre otros aspectos: 1. Realizar el Relevamiento de Información en Campo a partir del 23 de septiembre al 7 de octubre de 2011, intimando a interesados que tengan la calidad de titulados, beneficiarios con procesos en trámite, subadquirentes y poseedores a presentarse y acreditar mediante documentación su propiedad o posesión, ante los servidores públicos encargados del saneamiento; y 2. Proseguir con el proceso de Saneamiento Interno de acuerdo a los usos y costumbres, respetando derechos legalmente adquiridos por terceros en aplicación del art. 351 del D.S. N° 29215 (fs. 227 a 230).
III.2. Mediante prensa escrita "Opinión" de 22 de septiembre de 2011, se publicó el edicto agrario de la Resolución de Inicio de Procedimiento RIP No. 065/2011 de 20 de septiembre de 2011 (fs. 235).
III.3. Mediante la factura N° 999 de 11 de octubre de 2011, emitido por la "Radio y Televisión Chipiriri Soberanía La Voz del Cocalero", se advierte la cancelación por concepto de lectura de aviso del Relevamiento de Información en Campo (fs. 236).
III.4. Por Acta de Elección y Posesión del Comité de Saneamiento Interno y señalamiento de domicilio procesal de 28 de septiembre de 2011, los afiliados del "Sindicato Eñe Alto", eligieron como Presidente a Juan Huarayo Choque, Vicepresidente Aquilino Villca, Strio. de Actas a Marcial Fernández y Strio. de Hacienda a Martín Villa; asimismo, se les otorgó facultades para notificarse con el Informe de Cierre y la Resolución Final de Saneamiento (fs. 248). De la nómina de afiliados que forma parte del Acta de Elección y Posesión, se evidencia entre otros, la firma de Félix Caero Saavedra (fs. 249 a 251).
III.5. Por el formulario de Saneamiento Interno de 28 de septiembre de 2011, de la parcela N° 009, se registró como beneficiario a Félix Caero Saavedra, así también, se consignó la existencia de actividad agrícola con fecha de posesión a partir del 01 de enero de 1991, y en observaciones se consigna que la posesión contínua desde los dueños anteriores; al pie de dicho formulario se encuentra la firma del beneficiario antes nombrado (fs. 286).
III.6. Por el formulario de Saneamiento Interno de 28 de septiembre de 2011, de la parcela N° 061, se registró como beneficiario al "Sindicato Eñe Alto", así también, se consignó la existencia de pastoreo, con fecha de posesión a partir del 01 de enero de 1990; al pie de dicho formulario, se encuentra la firma del representante del "Sindicato Eñe Alto" (fs. 465).
III.7. Por el Plano General del Sindicato Eñe Alto, de septiembre de 2011, se constata que las parcelas Nos. 009 y 061, limitan entre sí, colindancia que se encuentra firmada por los beneficiarios de dichos predios, es decir, por Félix Caero Saavedra y el represente del "Sindicato Eñe Alto" (fs. 484).
III.8. Mediante el Informe en Conclusiones Saneamiento de Oficio (CAT-SAN) de 1 de diciembre de 2011, en el punto 5 "Conclusiones y Sugerencias", ante el cumplimiento de la Función Social y la legalidad de posesión, sugirió se dicte Resolución Administrativa de Dotación y Titulación a favor del Sindicato Eñe Alto el predio denominado "Eñe Alto Parcela 061", con una superficie de 4.8353 ha (fs. 532 a 549).
III.9. Por memorándum de notificación, diligenciada el 1 de diciembre de 2011, se notificó de forma personal a Teodoro Rojas Rojas, Secretario General del Sindicato Eñe Alto y a Juan Huarayo Choque, Presidente del Comité de Saneamiento, con el Informe en Conclusiones e Informe de Cierre (fs. 557).
