POR TANTO: La Sala Social y Administrativa Primera de la Corte Suprema de Justicia de
POR TANTO: La Sala Social y Administrativa Primera de la Corte Suprema de Justicia de la Nación declara, ILEGAL, el recurso de compulsa de fs. 22-25 vlta., con costas y multa de acuerdo a la previsión del art. 296 del Código de Procedimiento Civil, las que serán calificadas con sujeción al Arancel Nro. 046/2000, de 16 de diciembre de 1999, aprobado por la H. Cámara de Senadores
- PARTES: Alberto Torrico El Hage c/ Sala Social y Administrativa de Santa Cruz
- RELATOR: MINISTRO DR. Carlos Rocha Orosco
- CONSIDERANDO: Que de acuerdo al inciso 3) del art
- POR TANTO: La Sala Social y Administrativa Primera de la Corte Suprema de Justicia de
- Regístrese y devuélvase
- Fdo. Dr. Carlos Rocha Orosco
- Dr. Eduardo Rodríguez Veltzé
- Sucre, 05 de octubre de 2001
- Proveído: Dr. Marcelo Gómez Rodrigo.- Secretario de Cámara
