CONSIDERANDO: Que el recurso de casación interpuesto por Ricardo Burgos, se restringe a realizar un
CONSIDERANDO: Que el recurso de casación interpuesto por Ricardo Burgos, se restringe a realizar un alegato similar a un reclamo sobre lo obrado, sin cumplir con los requisitos exigidos por el numeral 2) del art. 258 del Código de Procedimiento Civil, ya que en el recurso no se cita en lo absoluto la ley o leyes que hubiesen sido violadas o aplicadas falsa o erróneamente en las dos anteriores instancias, correspondiendo observar, por mandato de la norma remisiva contenida en el art. 252 del Código Procesal del Trabajo, lo señalado en el inc. 2) del art. 272 del Procedimiento Civil
- AUTO SUPREMO No. 261-Social Sucre, 14 de Noviembre de 2001
- PARTES: Gerardo Wille Leytón y otro c/ "IMPANOVA"
- RELATOR: MINISTRO DR.- Carlos Rocha Orosco
- CONSIDERANDO: Que planteada la demanda de fs
- CONSIDERANDO: Que el recurso de casación interpuesto por Ricardo Burgos, se restringe a realizar un
- recurso de casación interpuesto
- Relator: Ministro Dr. Carlos Rocha Orosco
- Regístrese y devuélvase
- Fdo. Dr. Carlos Rocha Orosco
- Dr. Eduardo Rodríguez Veltzé
- Sucre, 14 de Noviembre de 2001
- roveído: Dr. Marcelo Gómez Rodrigo.- Secretario de Cámara
