Que, por lo expuesto, en el sub-lite, se ha atentado contra el principio de la
Que, por lo expuesto, en el sub-lite, se ha atentado contra el principio de la inviolabilidad de la defensa en juicio preconizado por el art. 16 de la Constitución Política del Estado, art. 3ro. del Código de Procedimiento Penal y las reglas del debido proceso. En consecuencia es facultad del Supremo Tribunal dar aplicación al art. 307 inciso 4) del Código Adjetivo Penal, al advertir la infracción de normas procedimentales de carácter público, cuya observancia es obligatoria, al tenor de los arts, 90 y 252 del Código de Procedimiento Civil, aplicable a la materia por imperio del art. 355 de su homólogo Penal, arts. 15 de la Ley de Organización Judicial y 308 del Código Adjetivo de la materia
- CONSIDERANDO: Que, de la revisión de las formas procesales en el presente caso se tiene,
- Que, por lo expuesto, en el sub-lite, se ha atentado contra el principio de la
- POR TANTO: La Sala Penal de la Excma
- No siendo excusable el error procesal, se multa a los Vocales signatarios del auto de
- RELATOR: Ministro Dr. Héctor Sandoval Parada
- Regístrese y devuélvase
- Proveído.- Dr. Edgar Molina Aponte.- Secretario de Cámara.
