Auto Supremo AS/0187/2001
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0187/2001

Fecha: 25-Ago-2001

CONSIDERANDO: Que, planteada la demanda a fs





VISTOS: El recurso de casación interpuesto a fs. 274-277, por Jorge García Ramírez y Elvira Jigena de Ribera, por sí y en representación de los trabajadores y ex trabajadores del Fondo Complementario de los afiliados a la Caja Petrolera de Salud, contra el Auto de Vista de fs. 268-269, pronunciado por la Sala Social y Administrativa de la Corte Superior del Distrito Judicial de Santa Cruz, dentro del proceso social iniciado por los recurrentes, contra el Fondo Complementario de la Caja Petrolera de Salud; los antecedentes del proceso, el dictamen del Fiscal de Sala Suprema de fs. 284, y

CONSIDERANDO: Que, planteada la demanda a fs. 20-22, excepciones opuestas por los codemandados Elvira Lupo de Velarde y Carlos de la Serna Villamor a fs. 33-34 y 35-37, respectivamente, el Juez Segundo de Trabajo y Seguridad Social del Distrito Judicial de Santa Cruz pronuncia Sentencia de fs. 213-214, declarando probada la demanda social. Apelada la Sentencia, la Sala Social y Administrativa de la Corte Superior del Distrito de Santa Cruz, pronunció el Auto de Vista de a fs. 268-269, revocando la Sentencia de Primera Instancia y declarando probada la excepción de falta de acción y derecho opuesta a fs. 35-37, fallo que motivó el recurso de casación que se analiza