Auto Supremo AS/0189-C/2001
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0189-C/2001

Fecha: 08-Ene-2002

Se comisiona la tasación de costas y la cancelación de las mismas así como el





VISTOS: Radíquese la causa en la Sala Social y Administrativa Primera, y al amparo de lo previsto por el Arancel Mínimo de Honorarios Profesionales del Colegio de Abogados de Chuquisaca, para este tipo de recursos, se regula el honorario de abogados en la suma de Bs. 2000.-

Se comisiona la tasación de costas y la cancelación de las mismas así como el honorario regulado en 3ro. día en observancia del Art. 201 del Código de Procedimiento Civil al Juzgado de origen