CONSIDERANDO: Que, al respecto, el Art
CONSIDERANDO: Que, al respecto, el Art. 44 inmerso en el Título V (de la Prisión Preventiva) del Tratado sobre Derecho Penal Internacional de Montevideo de 1889, establece que el Gobierno requerido accederá al pedido "siempre que se invoque la existencia de una sentencia o de una orden de prisión y se determine con claridad la naturaleza del delito castigado o perseguido"
