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    Auto Supremo AS/0617/2003
    Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

    Auto Supremo AS/0617/2003

    Fecha: 03-Dic-2003

    POR TANTO: Las Sala Penal de la Excelentísima Corte Suprema de Justicia de la Nación,


    POR TANTO: Las Sala Penal de la Excelentísima Corte Suprema de Justicia de la Nación, con la facultad conferida por el art. 59 inc. 1) de la Ley de Organización Judicial, y aplicando el último parágrafo del art. 399 del Código de Procedimiento Penal, declara INADMISIBLE el recurso de casación deducido a fs. 981-983 de obrados
    • PARTES: Kunlmann Ltda. c/ Lucio Rocabado Rodríguez
    • Apropiación indebida y abuso de confianza
    • CONSIDERANDO: Que la normativa penal vigente en el nuevo Código de Procedimiento Penal, exige para
    • Que de conformidad al art
    • Que en caso de autos, el recurso de casación deducido a fs
    • POR TANTO: Las Sala Penal de la Excelentísima Corte Suprema de Justicia de la Nación,
    • Regístrese y devuélvase
    • Proveído.-Lie. David Baptista Velásquez.-Secretario de Cámara.

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