Que esa autorización congresal constituye requisito indispensable para continuar el presente proceso de responsabilidades contra
Que esa autorización congresal constituye requisito indispensable para continuar el presente proceso de responsabilidades contra un ex - Prefecto de Departamento, siendo menester hacer notar que el proceso comenzó a tramitarse según lo dispuesto por la Disposición Transitoria 4ª de la actual Constitución Política del Estado, que expresamente remitió el trámite -mientras no sea promulgada una nueva Ley de responsabilidades- a las disposiciones de la antigua Constitución Política del Estado de 1967 y Leyes especiales de 31 de octubre de 1884 y 23 de octubre de 1944, por una parte y por otra debe tenerse presente que el juzgamiento a Rolando Aróstegui Quiroga fue iniciado como resultado de la Resolución Camaral de la H. Cámara de Diputados de fecha 16 de diciembre de 1994, la misma que no constituye licencia para el enjuiciamiento de aquél, ni sustituye a la Resolución Congresal a la que se refiere en Art. 118 inciso 5) de la Constitución Política del Estado
- PARTES : Ministerio Público c/ Rolando Arostegui Quiroga y Otros
- CONSIDERANDO: Que continuando con el procedimiento previsto por el art
- Que esa autorización congresal constituye requisito indispensable para continuar el presente proceso de responsabilidades contra
- Que sancionada el 13 de marzo de 2003, la nueva Ley de sustanciación de Juicio
- POR TANTO: La Sala Plena de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, en
- Regístrese y remítase
- Secretario de Cámara de Sala Plena
