POR TANTO: la Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia en aplicación de los
POR TANTO: la Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia en aplicación de los artículos 417 y 418 del Código de Procedimiento Penal, ADMITE el recurso de casación interpuesto por Teresa Yudi Hinojosa Durán y Juan Luis Campos Mercado y dispone que por Secretaría de Cámara se ponga en conocimiento de todas las Salas Penales de las Cortes Distritales de Justicia fotocopias de la sentencia de fojas 714 a 718, Auto de Vista de fojas 793 a 795 y el presente Auto Admisorio, a los efectos de lo previsto en el parágrafo segundo del art. 418 del Código de Procedimiento Penal
- Estafa
- CONSIDERANDO: que de acuerdo a la normativa Procesal Penal el recurso de casación, para ser
- Que en el caso de autos el recurso de casación interpuesto por Teresa Yudi Hinojosa
- POR TANTO: la Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia en aplicación de los
- Regístrese y hágase saber
- Sucre, catorce de octubre de dos mil cuatro
- Proveído.- David Baptista Velásquez - Secretario de Cámara
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