Regístrese, hágase saber y devuélvase
Que del correspondiente análisis se concluye que no es posible conocer el fondo del asunto porque los recurrentes no precisaron los hechos similares ni establecieron el sentido jurídico contradictorio entre el Auto de Vista impugnado y los Autos Supremos invocados, incumpliendo así el mandato de los artículos 416 y 417 del Código de Procedimiento Penal.
POR TANTO: la Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia, aplicando el artículo 417 parte in fine y el artículo 418 del Código de Procedimiento Penal, declara INADMISIBLE el recurso de casación de fojas 186 a 189 vuelta de obrados.
Regístrese, hágase saber y devuélvase
- Robo agravado
- VISTOS: el recurso de casación de fojas 186 a 189 vuelta interpuesto por Iván Flores
- CONSIDERANDO: que para la admisibilidad del recurso de casación se deben cumplir los requisitos exigidos
- CONSIDERANDO: que los recurrentes Iván Flores Caballero y Pastor Flores Caballero, en el recurso de
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- Sucre, diecinueve de octubre de dos mil cuatro
- Proveído.- David Baptista Velásquez - Secretario de Cámara
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