Que en el caso de Autos de la revisión de antecedentes del proceso se evidencia
Que en el caso de Autos de la revisión de antecedentes del proceso se evidencia que ninguno de los recurrentes invocó ningún precedente contradictorio, incumpliendo así los requisitos formales exigidos por los artículo 416 y 417 del Código de Procedimiento Penal para su admisión
- Tráfico de sustancias controladas
- CONSIDERANDO: que la normativa penal vigente en el nuevo Código de Procedimiento Penal exige para
- Que en el caso de Autos de la revisión de antecedentes del proceso se evidencia
- POR TANTO: la Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia, en aplicación de los
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- Sucre, once de noviembre de dos mil cuatro
- Proveído.- David Baptista Velásquez - Secretario de Cámara
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