Auto Supremo AS/0746/2004
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0746/2004

Fecha: 02-Dic-2004

CONSIDERANDO: que la normativa procesal penal establece que el recurso de casación se caracteriza no


***********************************************************************************

VISTOS: el recurso de casación de fojas 307 a 312 interpuesto por el Fiscal de Sustancias Controlas impugnando el Auto de Vista de fecha 17 de septiembre del año 2004 pronunciado por la Sala Penal Segunda de la Corte Superior del Distrito Judicial de Santa Cruz dentro del juicio penal oral, público y contradictorio seguido por el Ministerio Público contra Agustín Rojas Avilès y Eulogia Lizarazu de Rojas por el delito de tráfico de sustancias controladas previsto por el artículo 48 de la Ley 1008, sus antecedentes; y

CONSIDERANDO: que la normativa procesal penal establece que el recurso de casación se caracteriza no solamente por estar equiparado a una demanda nueva de puro derecho, sino que para su interposición y admisión es pertinente que el recurrente haya invocado en apelación restringida el precedente contradictorio, señalando en casación la contradicción del fallo que se pretende rever, con precedentes jurisprudenciales emitidos por las Salas Penales de las Cortes Superiores o, bien por la Sala Penal de la Corte Suprema, acompañando para el efecto copia del recurso de apelación restringida, a objeto de verificar si se han cumplido con los requisitos que establecen los artículos 416 y 417 del Código de Procedimiento Penal