Proveído.- David Baptista Velásquez - Secretario de Cámara
POR TANTO: la Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia, en aplicación del artículo 418 del Código de Procedimiento Penal, declara INADMISIBLE el recurso de casación interpuesto por Jacinto Alfredo Pérez Ynga.
Regístrese, hágase saber y devuélvase
Fdo. Dr. Héctor Sandoval Parada
Dr. Jaime Ampuero García
Dr. José Luis Baptista Morales
Sucre, dos de diciembre de dos mil cuatro.
Proveído.- David Baptista Velásquez - Secretario de Cámara
