Que las declaraciones prestadas ante Notario de Fe Pública no constituyen prueba idónea para un
Que las declaraciones prestadas ante Notario de Fe Pública no constituyen prueba idónea para un recurso de revisión extraordinaria de sentencia en mérito a los resultados de un juicio ante los órganos jurisdiccionales competentes, en el cual el otro encausado Froilán Villarroel Rocha tuvo la ocasión de haber manifestado lo que después, estando condenado, sostuvo
- VISTOS: el recurso extraordinario de revisión de sentencia ejecutoriada interpuesto, a través de apoderado, por
- CONSIDERANDO: que el recurrente fundamentó su recurso en la presentación de una prueba de reciente
- Que las declaraciones prestadas ante Notario de Fe Pública no constituyen prueba idónea para un
- Que efectuado el correspondiente análisis de antecedentes, se pudo apreciar que la valoración de hechos
- POR TANTO: la Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia, con la participación de
- No intervienen los Ministros Dr
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- Sucre, catorce de diciembre de dos mil cuatro
- Proveído.- David Baptista Velásquez - Secretario de Cámara
- 1
