Que por las literales adjuntas a fs
DISTRITO: Cochabamba
PARTES: Honorable Alcaldía Municipal c/ Administración Regional de Impuestos Internos
(A.R.I.I.)
VISTOS: El memorial de fs. 86, presentado por Juan Mariscal Sanzetenea en representación del Servicio de Impuestos Nacionales -Regional Cochabamba-, impetrando el archivo del proceso Contencioso Tributario seguido por la Honorable Alcaldía Municipal de Cochabamba contra la citada entidad y,
Que por las literales adjuntas a fs. 82-85, se acredita que el Servicio de Impuestos Nacionales -Regional Cochabamba-, ha procedido a la condonación de la sanción pecuniaria emergente de multas por incumplimiento a deberes formales que fuere impuesta contra la Honorable Alcaldía Municipal de Cochabamba y que dieron lugar al presente proceso
- AUTO SUPREMO Nº 106 - C.Tributario (Desistimiento) Sucre, 3 de marzo de 2004
- Que por las literales adjuntas a fs
- Que la condonación se encuentra prevista dentro del marco normativo de la Ley N° 2492
- POR TANTO: La Sala Social y Administrativa de la Corte Suprema de Justicia, sin más
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- Fdo. Dr. Eduardo Rodríguez Veltzé
- Dr. Carlos Rocha Orosco
- Sucre, 3 de marzo de 2004
- roveído: Dr. Marcelo Gómez Rodrigo.- Secretario de Cámara.
