CONSIDERANDO: Que la normativa penal vigente en el Código de Procedimiento Penal, exige para la
VISTOS: El recurso de casación de fs. 78-81 interpuesto por Sergio Marcelo Ferrufino Guardia, impugnando el Auto de Vista de fs. 74-75 de 27 de noviembre de 2003, pronunciado por la Sala Penal Segunda de la Corte Superior de Cochabamba, dentro del proceso penal seguido por Casiano Amurrio Rocha, contra el recurrente por la comisión de los delitos de difamación, calumnia e injurias; sus antecedentes, y
CONSIDERANDO: Que la normativa penal vigente en el Código de Procedimiento Penal, exige para la admisión del recurso de casación que el mismo además de cumplir con las formalidades de una demanda nueva de puro derecho, observe todos los requisitos exigidos en los arts. 416 y 417 del Código de Procedimiento Penal
- PARTES: Casiano Amurrio Rocha c/ Sergio Marcelo Ferrufino Guardia, difamación, calumnia e injurias
- CONSIDERANDO: Que la normativa penal vigente en el Código de Procedimiento Penal, exige para la
- Que el art
- CONSIDERANDO: En caso de autos, del examen de los actuados procesales se establece que el
- POR TANTO: La Sala Penal de la Excelentísima Corte Suprema de Justicia de la Nación,
- Proveído.-Lic. David Baptista Velásquez.-Secretario de Cámara.
