Auto Supremo AS/0326/2004
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0326/2004

Fecha: 27-May-2004

CONSIDERANDO: Que en el caso de autos, del examen de los actuados procesales, se establece


CONSIDERANDO: Que en el caso de autos, del examen de los actuados procesales, se establece que si bien el recurrente no hizo uso de la apelación restringida al estar conforme con la sentencia, sin embargo al haber sido modificada la tipificación y la pena en el Auto de Vista impugnado, recurre de casación sin invocar ningún precedente contradictorio, requisito ineludible por ser base y sustento legal para la procedencia del recurso de casación; en consecuencia no se ha dado cumplimiento a lo prescrito en los arts. 416 y 417 del Código de Procedimiento Penal, por cuanto el recurrente se limita hacer una relación de hechos impugnando al Auto de Vista, sin tomar en cuenta que el Nuevo Código ha restringido la procedencia del recurso de casación a los casos en los que se debe uniformar la jurisprudencia de existir precedente contradictorio, esta forma inadecuada de recurrir priva al Tribunal de Casación su consideración, al no ser posible establecer el sentido jurídico contradictorio del Auto de Vista impugnado con el precedente invocado