SALA SOCIAL Y ADMINISTRATIVA
Expediente Nº 16/04
AUTO SUPREMO Nº 234 - C. Tributario (Desistimiento) Sucre, 7 de junio de 2004.
DISTRITO: Cochabamba
PARTES: Servicio Municipal de Agua Potable y Alcantarillado (SEMAPA) c/ Servicio
Nacional de Impuestos Internos ( S.N.I.I.).
VISTOS Y CONSIDERANDO: El memorial de fs. 153 presentado el Servicio Municipal de Agua Potable y Alcantarillado de Cochabamba (SEMAPA), representado legalmente por su Gerente General, Ing. Gonzalo Ugalde Canedo, cuya personería se reconoce, por el que desiste del recurso de casación interpuesto dentro del presente proceso Contencioso Tributario que sigue contra la Dirección Distrital de Grandes Contribuyentes (GRACO) - Cochabamba, y el Dictamen del Fiscal General de la República.
Que según prevé del artículo 307 del Código de Procedimiento Civil, el desistimiento del recurso de casación produce la ejecutoria del auto de vista y corresponde al Tribunal aceptarlo sin más trámite.
POR TANTO: La Sala Social y Administrativa de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, de acuerdo con el Dictamen Fiscal de fs. 155, ACEPTA el desistimiento del recurso de casación formulado por el Servicio Municipal de Agua Potable y Alcantarillado de Cochabamba (SEMAPA), representado legalmente por Gonzalo Ugalde Canedo, y declara ejecutoriado el Auto de Vista Nº 034/2003 de 18 de noviembre de 2003, cursante a fs. 130-131 de obrados, con costas.
Regístrese, hágase saber y devuélvase.
Fdo. Dr. Carlos Rocha Orosco.
Dr. Eduardo Rodríguez Veltzé.
Sucre, 7 de junio de 2004.
Proveído: Ricardo Medina Stephens.- Secretario de Cámara.
Expediente Nº 16/04
AUTO SUPREMO Nº 234 - C. Tributario (Desistimiento) Sucre, 7 de junio de 2004.
DISTRITO: Cochabamba
PARTES: Servicio Municipal de Agua Potable y Alcantarillado (SEMAPA) c/ Servicio
Nacional de Impuestos Internos ( S.N.I.I.).
VISTOS Y CONSIDERANDO: El memorial de fs. 153 presentado el Servicio Municipal de Agua Potable y Alcantarillado de Cochabamba (SEMAPA), representado legalmente por su Gerente General, Ing. Gonzalo Ugalde Canedo, cuya personería se reconoce, por el que desiste del recurso de casación interpuesto dentro del presente proceso Contencioso Tributario que sigue contra la Dirección Distrital de Grandes Contribuyentes (GRACO) - Cochabamba, y el Dictamen del Fiscal General de la República.
Que según prevé del artículo 307 del Código de Procedimiento Civil, el desistimiento del recurso de casación produce la ejecutoria del auto de vista y corresponde al Tribunal aceptarlo sin más trámite.
POR TANTO: La Sala Social y Administrativa de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, de acuerdo con el Dictamen Fiscal de fs. 155, ACEPTA el desistimiento del recurso de casación formulado por el Servicio Municipal de Agua Potable y Alcantarillado de Cochabamba (SEMAPA), representado legalmente por Gonzalo Ugalde Canedo, y declara ejecutoriado el Auto de Vista Nº 034/2003 de 18 de noviembre de 2003, cursante a fs. 130-131 de obrados, con costas.
Regístrese, hágase saber y devuélvase.
Fdo. Dr. Carlos Rocha Orosco.
Dr. Eduardo Rodríguez Veltzé.
Sucre, 7 de junio de 2004.
Proveído: Ricardo Medina Stephens.- Secretario de Cámara.