Auto Supremo AS/0403/2004
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0403/2004

Fecha: 24-Jul-2004

CONSIDERANDO: Que, la nueva normativa procesal penal, de acuerdo con la doctrina penal, reconoce que





VISTOS: El recurso de casación de fs. 147-148 vlta., interpuesto por Vidal Urquizu Torres, Luisa Urquizu Torres y Cirila Barrientos Puma, impugnando el Auto de Vista de fs. 135-136 de fecha 8 de junio del año en curso, pronunciado por la Sala Penal Primera de la Corte Superior del Distrito Judicial de Chuquisaca, dentro del juicio penal oral, público y contradictorio, seguido por Santiago Urquizu León y otra contra los recurrentes y otro, por los delitos de robo agravado y lesiones leves, previstos por los arts. 332-2) y 271 segunda parte del Código Penal; sus antecedentes; y

CONSIDERANDO: Que, la nueva normativa procesal penal, de acuerdo con la doctrina penal, reconoce que el recurso de casación se caracteriza no solamente por estar equiparado a una demanda nueva de puro derecho, sino que para su interposición y admisión es pertinente que el recurrente haya invocado en apelación restringida el precedente contradictorio, señalando en casación la contradicción del fallo que se pretende rever, con precedentes jurisprudenciales emitidos por las Salas Penales de las Cortes Superiores o, bien por la Sala Penal de la Corte Suprema, acompañando para el efecto copia del recurso de apelación restringida, a objeto de verificar si se han cumplido con los requisitos que establecen los arts. 416 y 417 del Código de Procedimiento Penal