Auto Supremo AS/0422/2004
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0422/2004

Fecha: 18-Ago-2004

CONSIDERANDO: que de acuerdo a la normativa penal vigente, el recurso de casación para ser

SALA PENAL

AUTO SUPREMO: No 422 Sucre 18 de agosto de 2004

DISTRITO: Potosí

PARTES: Ministerio Público y otra c/ Bertha Delgado Castro de

Cortéz. Estafa y otro.




VISTOS: el recurso de casación de fojas 99 a 101, interpuesto por Bertha Delgado Castro de Cortéz, impugnando el Auto de Vista de fojas 90 a 94 de fecha 25 de junio del año en curso 2004, pronunciado por la Sala Penal Segunda de la Corte Superior del Distrito Judicial de Potosí, dentro del proceso penal oral, público y contradictorio, seguido por el Ministerio Público y la acusación particular de Mariza Caba Durán contra la recurrente, por el delito de estafa y estelionato, previstos por los arts. 335 y 337 del Código Penal; sus antecedentes; y

CONSIDERANDO: que de acuerdo a la normativa penal vigente, el recurso de casación para ser admitido, no sólo debe cumplir con las formalidades de una demanda nueva de puro derecho, sino que debe ser interpuesto observando los requisitos legales establecidos en los artículos 416 y 417 del Código de Procedimiento Penal