Auto Supremo AS/0433/2004
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0433/2004

Fecha: 18-Ago-2004

Devuélvase actuados al Tribunal de Alzada


CONSIDERANDO: que el recurrente Luciano Ríos López, en su recurso de casación de fojas 148 y 148 vuelta no invoca precedente contradictorio alguno ni tampoco precisa hechos similares ni señala el sentido jurídico contradictorio con el Auto de Vista impugnado de fojas 146 a 147 y 147 vuelta incumpliendo así los requisitos exigidos por el artículo 417 del Código de Procedimiento Penal.

POR TANTO: la Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia, en estricta aplicación de la disposición contenida en el artículo 418 del Código de Procedimiento Penal, declara INADMISIBLE el recurso de casación interpuesto a fojas 149 y 149 vuelta de obrados.

Devuélvase actuados al Tribunal de Alzada