CONSIDERANDO: que la sentencia de fojas 149 a 151 declaró al procesado Germán Juan Escobar
CONSIDERANDO: que la sentencia de fojas 149 a 151 declaró al procesado Germán Juan Escobar autor de la comisión del delito de transporte de sustancias controladas previsto por el artículo 55 de la Ley 1008, condenándole a la pena de diez años de presidio a cumplir en la cárcel pública de la ciudad de Cochabamba, al pago de 400 días multa a razón de 1 Bs por día, más costas, daños y perjuicios ocasionados al Estado y dispuso la confiscación definitiva del camión marca Nissan con placa de control número CSM-270, sentencia que en apelación fue confirmada por la Sala Penal Tercera de la Corte Superior de Cochabamba mediante Auto de Vista de fojas 169, respecto al cual recurrió de casación Germán Juan Escobar a fojas 170
- Transporte de sustancias controladas
- MINISTRO RELATOR: Dr. Héctor Sandoval Parada
- VISTOS: el recurso de casación de fojas 170 interpuesto por Germán Juan Escobar contra el
- CONSIDERANDO: que la sentencia de fojas 149 a 151 declaró al procesado Germán Juan Escobar
- CONSIDERANDO: que del análisis del recurso de casación interpuesto por el incriminado Germán Juan Escobar,
- Que dicho recurso no acusa la infracción o violación de ninguna norma legal, no especifica
- POR TANTO: la Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia, en desacuerdo con el
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- Fdo. Dr. Héctor Sandoval Parada
- Dr. Jaime Ampuero García
- Dr. José Luis Baptista Morales
- Proveído.- David Baptista Velásquez - Secretario de Cámara
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