Regístrese, hágase saber y devuélvase
POR TANTO: la Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia, con la facultad conferida por el artículo 59 inciso 1) de la Ley de Organización Judicial y aplicando los artículos 417 y 418 del Código de Procedimiento Penal, declara INADMISIBLE el recurso de casación de fojas 79 a 80 de obrados.
Regístrese, hágase saber y devuélvase
- PARTES: Ministerio Público y otra c/ Antonio Alfredo Navía Mariscal
- Violación
- VISTOS: el recurso de casación de fojas 79 a 80 interpuesto por Antonio Alfredo Navía
- CONSIDERANDO: que la normativa establecida por el nuevo Código de Procedimiento Penal exige, para la
- Que en el caso de autos, si bien el recurrente adjuntó algunos resúmenes de jurisprudencia
- Que al respecto, se pudo apreciar que ninguno de esos Autos y Sentencias corresponde a
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- Sucre, uno de septiembre de dos mil cuatro
- Proveído.- David Baptista Velásquez - Secretario de Cámara
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