Regístrese y hágase saber
POR TANTO: la Sala Penal Primera de la Corte Suprema de Justicia, con la facultad conferida por el artículo 418 del Código de Procedimiento Penal, declara ADMISIBLE el recurso de casación interpuesto de fojas 310 a 311; asimismo, en cumplimiento del artículo 418 segundo párrafo de la Ley Nº 1970, se dispone que por Secretaría de Cámara se haga conocer a las Salas Penales de las Cortes de Justicia del país fotocopias de las piezas procesales siguientes: Auto de Vista de fojas 299 a 302 y el presente Auto Supremo.
Regístrese y hágase saber
- PARTES : Ministerio Público c/ Juan Marcelo Valdivia Titichoca
- Homicidio en riña o a consecuencia de agresión
- VISTOS: el recurso de casación de fojas 310 a 311 interpuesto por Juan Marcelo Valdivia
- CONSIDERANDO: que Juan Marcelo Valdivia Titichoca recurre e impugna el Auto de Vista de fojas
- Regístrese y hágase saber
- Fdo. Dr. Jaime Ampuero García
- Dra. Beatriz A. Sandoval de Capobianco
- Proveído.- Ruth Burgos Bonilla - Secretaria de Cámara.
