No interviene el Ministro Alberto Ruiz Pérez por ausencia momentánea
VISTOS EN SALA PLENA: La excusa formulada por la Ministra Beatriz Sandoval de Capobianco, Relatora de la causa, amparada en la causal contenida en el numeral 9) del artículo 3° de la Ley N° 1760 la cual se encuentra plenamente justificada.
POR TANTO: La Sala Plena de la Corte Suprema de Justicia de la Nación DECLARA LEGAL la excusa formulada.
No interviene el Ministro Alberto Ruiz Pérez por ausencia momentánea
