Auto Supremo AS/0056-C/2005
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0056-C/2005

Fecha: 04-Abr-2005

Al otrosí, por señalado el domicilio


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A mérito del poder notariado que se adjunta, se acepta la personería del Dr. Eduardo Urriolagoitia Rodo en representación de la Compañía de Seguros "Illimani" S.A; en consecuencia, hágasele conocer providencias que se dictaren durante el trámite del recurso. En lo demás:

VISTOS: Estando la solicitud de complementación y enmienda presentada dentro del plazo señalado por el inc. 2 del art. 196 concordante con el art. 276 ambos del Código de Procedimiento Civil, y siendo completamente claros los términos del Auto Supremo No. 56 de fecha 29 de marzo del año que transcurre, NO HA LUGAR a la enmienda y complementación planteada, tanto más si es que esta resolución se encuentra dentro de los alcances que señalan los parágrafos II y III del art. 12 de la Ley No. 1770 de 10 de marzo de 1997.

Al otrosí, por señalado el domicilio