Auto Supremo AS/0141/2005
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0141/2005

Fecha: 05-May-2005

Que el artículo 423 del Código de Procedimiento Penal faculta al tribunal de revisión de


CONSIDERANDO: que el recurso de revisión de sentencia corresponde tramitarse conforme las disposiciones de los artículos 421 y siguientes de la Ley 1970.

Que el presente recurso cumple con los requisitos de legitimidad y acreditación de documentos exigidos en los artículos 422 y 423 de la precitada norma legal, se halla interpuesto por el recurrente, hace referencia concreta a los motivos en lo cuales se funda y acompaña documentos originales de documentos probatorios de reciente obtención y copias del proceso penal concluido, cuya revisión pretende.

Que el artículo 423 del Código de Procedimiento Penal faculta al tribunal de revisión de sentencia "... disponer todas las indagaciones y diligencias que considere útiles ...", consiguientemente, en uso de dicha facultad procesal y para mejor proveer, corresponde disponer la recepción de la fundamentación oral del recurso y diligencias que fuesen pertinentes