Auto Supremo AS/0168/2005
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0168/2005

Fecha: 19-May-2005

Regístrese y hágase saber


CONSIDERANDO: que, los recursos de casación de fojas 248 a 250 y 254 coinciden en la impugnación contra el Auto de Vista de fojas 231 a 232, indicando que el Tribunal Cuarto de Sentencia valorando la prueba llegó a la convicción de que se cometieron delitos, pero en la sentencia declaró absolución. Al respecto, se advierte que el Tribunal de Alzada no se pronunció sobre la calificación jurídica de los hechos ilícitos en cumplimiento del artículo 413 del Código de Procedimiento Penal como era su deber, y subsanar la omisión del Tribunal a-quo. Sobre los puntos indicados, invoca como precedentes el Auto Supremo Nº 104/2004 y el Auto de Vista Nº 24/2004 pronunciado por la Sala Penal Tercera de la R. Corte Superior del distrito Judicial de La Paz.

POR TANTO: la Sala Penal Primera de la Corte Suprema de Justicia, con la facultad conferida por el artículo 418 del Código de Procedimiento Penal, declara ADMISIBLES los recursos de casación interpuesto de fojas 248 a 250 y 254. Asimismo, cumpliendo el artículo 418 segundo párrafo de la Ley Nº 1970, se dispone, que por Secretaría de Cámara, se hagan conocer mediante fotocopias a las Salas Penales de las Cortes de Justicia del país el Auto de Vista de fojas 231 a 232 y el presente Auto Supremo.

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