CONSIDERANDO: Que, de conformidad a lo establecido por el art
CONSIDERANDO: Que, de conformidad a lo establecido por el art. 276 del Código de Procedimiento Civil, en concordancia con el art. 196.2) del mismo cuerpo legal, la solicitud de explicación y complementación procede cuando existe error material, algún concepto oscuro, o alguna omisión en que se hubiere incurrido sobre alguna de las pretensiones deducidas y discutidas en el litigio, por lo que, no existiendo ninguna de las situaciones en el Auto Supremo de referencia, NO HA LUGAR a la explicación solicitada
- AUTO SUPREMO Sucre, 9 de junio de 2.005
- DISTRITO: La Paz RECURSO: Ordinario - Mejor derecho y otros
- MINISTRO RELATOR: Dr. Julio Ortiz Linares
- VISTOS: El memorial de explicación del Auto Supremo 178 de 30 de mayo de 2005,
- CONSIDERANDO: Que, de conformidad a lo establecido por el art
- Al otrosí.- Señalado
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- Firmado: Dr. Julio Ortiz Linares
- Dr. Eddy Walter Fernández Gutiérrez
- Dr. Juan José González Osio
- Ma. del Rosario Vilar G
- Secretaria de Cámara de la Sala Civil Segunda.
