Que, según prevé del artículo 307 del Código de Procedimiento Civil, el desistimiento del recurso
Que, según prevé del artículo 307 del Código de Procedimiento Civil, el desistimiento del recurso de casación produce la ejecutoria del Auto de Vista, correspondiendo a este Tribunal Supremo Tribunal aceptarlo sin más trámite
- AUTO SUPREMO Nº 256 - Social (Desistimiento) Sucre, 26 de agosto de 2005
- PARTES: María Elena Montes Barzón y otro. c/ Empresa I.A.T.A. BSP BOLIVIA
- VISTOS Y CONSIDERANDO: El memorial de fs
- Que, según prevé del artículo 307 del Código de Procedimiento Civil, el desistimiento del recurso
- POR TANTO: La Sala Social y Administrativa de la Corte Suprema de Justicia de la
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- Fdo. Dr. Alberto Ruiz Pérez
- Dr. Carlos Rocha Orosco
- Sucre, 26 de agosto de 2005
- Proveído: Ricardo Medina Stephens.-Secretario de Cámara.
