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    Auto Supremo AS/0329/2005
    Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

    Auto Supremo AS/0329/2005

    Fecha: 30-Ago-2005

    POR TANTO: la Sala Penal Primera de la Corte Suprema de Justicia, declara INADMISIBLE el


    POR TANTO: la Sala Penal Primera de la Corte Suprema de Justicia, declara INADMISIBLE el desistimiento incoado y dispone continúe el proceso según manda el Art. 292 parte in fine del primer párrafo del Código de Procedimiento Penal
    • Que los delitos de estafa y estelionato tienen el carácter de públicos según reconoce el
    • El desistimiento de fojas 226, lleva las firmas de Fernando Esteban Sarmiento Seleme, pero no
    • POR TANTO: la Sala Penal Primera de la Corte Suprema de Justicia, declara INADMISIBLE el
    • Regístrese , hágase saber y devuélvase
    • Proveído.- Ruth Burgos Bonilla - Secretaria de Cámara.

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