CONSIDERANDO: La diligencia de notificación de fs
SALA CIVIL
AUTO COMPLEMENTARIO S/Nº Sucre, 26 de Enero de 2006
CORRESPONDE AL A.S. Nº 5
PROCESO: Ordinario sobre declaración judicial de paternidad
PARTES : María Lilian Suárez Rivera c/ Waldo Molina Gutiérrez
VISTOS: El memorial presentado por Juvencio Toconás Aquino en representación de Waldo Molina Gutiérrez, por el que solicita complementación y enmienda del A.S. No. 5 de 10 de enero de 2006 de fs. 456 a 461, y
CONSIDERANDO: La diligencia de notificación de fs. 462 deja constancia que el apoderado del demandado Juvencio Toconás Aquino, fue notificado con el Auto Supremo No. 5, el sábado 21 de enero de 2006 a horas 9:05, su memorial de complementación y enmienda fue presentado en fecha 23 de enero del mismo año a horas 9: 15, es decir fuera del plazo establecido por el art. 196-2 del Cód. de Pdto. Civ. aplicable al caso de autos por mandato el art. 276 del precitado adjetivo civil, razón legal suficiente para desestimar la petición
AUTO COMPLEMENTARIO S/Nº Sucre, 26 de Enero de 2006
CORRESPONDE AL A.S. Nº 5
PROCESO: Ordinario sobre declaración judicial de paternidad
PARTES : María Lilian Suárez Rivera c/ Waldo Molina Gutiérrez
VISTOS: El memorial presentado por Juvencio Toconás Aquino en representación de Waldo Molina Gutiérrez, por el que solicita complementación y enmienda del A.S. No. 5 de 10 de enero de 2006 de fs. 456 a 461, y
CONSIDERANDO: La diligencia de notificación de fs. 462 deja constancia que el apoderado del demandado Juvencio Toconás Aquino, fue notificado con el Auto Supremo No. 5, el sábado 21 de enero de 2006 a horas 9:05, su memorial de complementación y enmienda fue presentado en fecha 23 de enero del mismo año a horas 9: 15, es decir fuera del plazo establecido por el art. 196-2 del Cód. de Pdto. Civ. aplicable al caso de autos por mandato el art. 276 del precitado adjetivo civil, razón legal suficiente para desestimar la petición
