En grado de apelación, por auto de vista No
En grado de apelación, por auto de vista No. 014/2005 de 28 de enero de 2005 (fs. 148-149), se revoca la sentencia apelada y declara probada en parte la demanda, ordenado que la demandada pague a favor de la actora la suma de Bs. 8.133,32.- por concepto de desahucio, indemnización, sueldo devengado, aguinaldo doble y vacación, con costas en ambas instancias
- MINISTRO RELATOR: Dr. Eddy Walter Fernández Gutiérrez
- CONSIDERANDO I: Que, tramitado el proceso laboral, la Jueza Primero del Trabajo y Seguridad Social
- En grado de apelación, por auto de vista No
- Que, contra el auto de vista, la demandada, interpone recurso de casación en el fondo,
- CONSIDERANDO II: Que, conforme la amplia jurisprudencia del Tribunal Supremo, el recurso de casación es
- Que, de la revisión del recurso, se colige que la recurrente no cumplió los requisitos
- POR TANTO: La Sala Social y Administrativa Segunda de la Corte Suprema de Justicia de
- Se regula el honorario profesional de abogado, en la suma de Bs
- Relator:Ministro Dr. Eddy Walter Fernández Gutiérrez
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- Firmado: Dr. Eddy Walter Fernández Gutiérrez
- Dr. Juan José González Osio
- Ma. del Rosario Vilar G
- Secretaria de Cámara de la Sala Social y Adm. II.
