Auto Supremo AS/1081/2006
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/1081/2006

Fecha: 20-Oct-2006

CONSIDERANDO II: Que, de la revisión del recurso, se colige que el recurrente no ha


CONSIDERANDO II: Que, de la revisión del recurso, se colige que el recurrente no ha cumplido los requisitos enumerados en el inc. 2) del art. 258 del Cód. Pdto. Civ., porque si bien plantea recurso de casación en la forma, empero carece de fundamentación, por cuanto sólo se limita a expresar que los apoderados del demandante carecían de facultades para iniciar la demanda contra la empresa "CONTACTOS AÉREOS", aduciendo la vulneración del art. 811-II del Cód. Civ.; es decir, disposición legal sustantiva que no ha sido aplicada en el auto de vista recurrido, cuya forma de impugnación está consignada para el recurso de casación en el fondo, de diferente naturaleza al recurso invocado; porque conforme ha establecido la doctrina y jurisprudencia, el recurso de casación en la forma, se funda en los errores "in procedendo", referidas a la infracción de normas adjetivas incumplidas o mal aplicadas en la tramitación del proceso, cuyas causales se hallan enumeradas en el art. 254 del adjetivo civil indicado, apreciación que no ha sido advertida por el recurrente declarado rebelde a fs. 42 vta