CONSIDERANDO I: Que, tramitado el proceso laboral, el Juez Cuarto de Trabajo y Seguridad Social
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VISTOS: El recurso de casación y/o nulidad de fs. 63-64, interpuesto por Gustavo E. Calle Pinto, contra el auto de vista Nº 235/04-SSA-I de 7 de enero de 2005 (fs. 61) pronunciado por la Sala Social y Administrativa Primera de la Corte Superior del Distrito Judicial de La Paz; dentro el proceso social que sigue René Gutiérrez Ramírez contra el recurrente, la respuesta de fs. 65-66, los antecedentes del proceso; y,
CONSIDERANDO I: Que, tramitado el proceso laboral, el Juez Cuarto de Trabajo y Seguridad Social de la ciudad de La Paz, emitió la sentencia Nº 68/2002 de 16 de octubre de 2002 (fs. 46), declarando probada la demanda, con costas, ordenando que la Empresa demandada, a través de su personero legal, cancele a favor del actor la suma de Bs. 7.715,00.- por concepto de indemnización, desahucio y aguinaldo doble
- MINISTRO RELATOR: Dr. Eddy Walter Fernández Gutiérrez
- CONSIDERANDO I: Que, tramitado el proceso laboral, el Juez Cuarto de Trabajo y Seguridad Social
- Que contra el auto de vista, el recurrente, interpone recurso de casación y/o nulidad (fs
- CONSIDERANDO II: Que, conforme la amplia jurisprudencia del Tribunal Supremo, el recurso de casación es
- Que, a este efecto y de la revisión del recurso, se colige que el recurrente,
- Que, en ese marco legal, lo expuesto en el recurso es insuficiente, haciendo inviable su
- POR TANTO: La Sala Social y Administrativa Segunda de la Corte Suprema de Justicia de
- Se regula el honorario profesional del abogado en la suma de Bs
- Relator:Ministro Dr. Eddy Walter Fernández Gutiérrez
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- Firmado: Dr. Eddy Walter Fernández Gutiérrez
- Dr. Juan José González Osio
- Ma. del Rosario Vilar G
- Secretaria de Cámara de la Sala Social y Adm. II.
