En grado de apelación, la Sala Social y Administrativa de la Corte Superior del Distrito
+++++++++++++++++++++++++++++++++++++++++++++++++++++++++++++++
VISTOS: El recurso de Casación de fs. 187, interpuesto por Alex Iván Niño de Guzmán, contra el Auto de Vista Nº 58/2005 de 3 de marzo de 2005, cursante a fs. 183-184, pronunciado por la Sala Social y Administrativa de la Corte Superior del Distrito Judicial de Oruro, en el proceso social seguido por Verónica Sofía Gómez Sapiencia, contra la Empresa TELECEL-ORURO, sobre pago de beneficios sociales, vacación, aguinaldo y sueldo devengado, los antecedentes del proceso, y
CONSIDERANDO: Que, planteada la demanda a fs. 15, aclarada a fs. 57, corridos los trámites del proceso, la Jueza Primero del Trabajo y Seguridad Social, luego de anulada la sentencia de fs. 142-145, dicta la sentencia Nº 89/2004 cursante a fs. 169-172, declarando PROBADA en parte la demanda e IMPROBADAS las excepciones de prescripción y de falta de acción y derecho interpuesta a fs. 80-81, ordenando a la entidad demandada, el pago de $us. 2.775, en favor de la demandante, por concepto de beneficios sociales, vacación y sueldos devengados.
En grado de apelación, la Sala Social y Administrativa de la Corte Superior del Distrito Judicial de Oruro, a fs. 183-184 pronunció Auto de Vista CONFIRMANDO la resolución impugnada, con costas, fallo que motivó el recurso de casación, materia de la presente resolución
- MINISTRO RELATOR: Dr. Eddy Walter Fernández Gutiérrez
- En grado de apelación, la Sala Social y Administrativa de la Corte Superior del Distrito
- CONSIDERANDO: Que, analizado el contenido del recurso, se advierte que el mismo no cumple con
- En efecto, el recurrente, se limita a una relación sobre sus pruebas presentadas y el
- Lo anterior, no permite abrir la competencia de este tribunal para ingresar a considerar el
- POR TANTO: La Sala Social y Administrativa Segunda de la Corte Suprema de Justicia de
- No se regula honorarios por no haberse respondido al recurso adecuadamente, tal y como se
- Relator:Ministro Dr. Eddy Walter Fernández Gutiérrez
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- Firmado: Dr. Eddy Walter Fernández Gutiérrez
- Dr. Juan José González Osio
- Ma. del Rosario Vilar G
- Secretaria de Cámara de la Sala Social y Adm. II.
