CONSIDERANDO: Que si bien el recurso de fs
CONSIDERANDO: Que si bien el recurso de fs. 239 y vta., ha sido presentado dentro del término de ley, de la revisión del mismo se evidencia que no cumple con los demás requisitos exigidos en los arts. 416 y 417 del Código de Procedimiento Penal, toda vez que la recurrente omite señalar el precedente contradictorio respecto al cual, el Auto de Vista que ahora impugna hubiera realizado una aplicación diferente de la norma adjetiva o como es el caso de las normas de derechos sustantivo
- VISTOS: El recurso de casación de fs
- CONSIDERANDO: Que a tiempo de impugnar la resolución de alzada, el recurso de casación denuncia
- Refiere que no se compulsó adecuadamente la prueba del presente proceso; que la prueba consistente
- Solicita en consecuencia, que se declare fundado su recurso de casación y se disponga acudir
- CONSIDERANDO: Que si bien el recurso de fs
- Asimismo se advierte que el memorial de recurso no precisa situaciones concretas las cuales podrían
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- Fdo. Dra. Rosario Canedo Justiniano
- Dra. Beatriz Sandoval de Capobianco
- Sucre, trece de noviembre de dos mil seis
- Proveído.- Ximena Lucia Mendizabal Hurtado - Secretaria de Cámara.
