CONSIDERANDO I: Que, tramitado el proceso laboral, el Juez Primero del Trabajo y Seguridad Social
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VISTOS: El recurso de casación en el fondo de fs. 139-141, interpuesto por Dario Yorimoto Becerra, en representación de Arturo Acevedo Lacalle, contra el auto de vista de 30 de septiembre de 2005 (fs. 135-136), pronunciado por la Sala Social y Administrativa de la Corte Superior del Distrito Judicial del Beni, dentro del proceso social que sigue Carlos Salvatierra Solíz contra el recurrente, la respuesta de fs. 143, los antecedentes del proceso; y,
CONSIDERANDO I: Que, tramitado el proceso laboral, el Juez Primero del Trabajo y Seguridad Social de la ciudad de Trinidad, emitió sentencia Nº 15/2005 de 5 de agosto de 2005 (fs. 114-116), declarando probada la demanda de fs. 7, con costas, ordenándose que el demandado, entregue a favor del demandante 16 vaquillas o pague en dinero su precio real, por concepto de pago del saldo de beneficios sociales
- DISTRITO: Beni PROCESO: Social
- MINISTRO RELATOR: Dr. Juan José González Osio
- CONSIDERANDO I: Que, tramitado el proceso laboral, el Juez Primero del Trabajo y Seguridad Social
- En grado de apelación deducida por el apoderado del demandado, por auto de vista de
- Que, contra el auto de vista, el recurrente apoderado del demandando, interpone recurso de casación
- CONSIDERANDO II: Que, conforme la amplia jurisprudencia del Tribunal Supremo, el recurso de casación es
- Que, de la revisión del recurso, se colige que el recurrente no cumplió los requisitos
- POR TANTO: La Sala Social y Administrativa Segunda de la Corte Suprema de Justicia de
- Relator:Ministro Dr. Juan José González Osio
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- Firmado: Dr. Juan José González Osio
- Dr. Eddy Walter Fernández Gutiérrez
- Ma. del Rosario Vilar G
- Secretaria de Cámara de la Sala Social y Adm. II.
