Que, contra el auto de vista, la Cooperativa demandada a través del Presidente del Consejo
Que, contra el auto de vista, la Cooperativa demandada a través del Presidente del Consejo de Administración, interpone recurso de casación en el fondo, señalando escuetamente en "la fundamentación del agravio" haberse incurrido en error de derecho y de hecho en cuanto a la apreciación de la prueba, además de la errónea interpretación y aplicación indebida de la ley
- MINISTRO RELATOR: Dr. Eddy Walter Fernández Gutiérrez
- CONSIDERANDO I: Que, tramitado el proceso laboral, la Jueza Segundo del Trabajo y Seguridad Social
- En grado de apelación, por auto de vista Nº 277/2005 de 21 de septiembre de
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- CONSIDERANDO II: Que, conforme la amplia jurisprudencia del Tribunal Supremo, el recurso de casación es
- POR TANTO: La Sala Social y Administrativa Segunda de la Corte Suprema de Justicia de
- Se regula el honorario profesional de abogado, en la suma de Bs
- Relator:Ministro Dr. Eddy Walter Fernández Gutiérrez
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- Firmado: Dr. Eddy Walter Fernández Gutiérrez
- Dr. Juan José González Osio
- Ma. del Rosario Vilar G
- Secretaria de Cámara de la Sala Social y Adm. II.
