Que, contra el auto de vista de 18 de mayo de 2005, la entidad demandada,
Que, contra el auto de vista de 18 de mayo de 2005, la entidad demandada, interpone recurso de casación en el fondo, sin acusar en concreto cuál la infracción de las normas aplicadas en el fallo ni fundamentar específicamente las causales previstas en el art. 253 del Cód. Pdto. Civ., que hagan viable su procedencia y agravando la deficiente formulación de su acción, solicitando la remisión de obrados para que la Corte Suprema de Justicia de la Nación, "en casación revoque" completamente el fallo del que recurre conforme a derecho, en total confusión de las formas de resolución propias de este recurso extraordinario, previstas en el art. 274 del Cód. Pdto. Civ. con las del recurso ordinario de apelación previstas en el art. 237 inc. 3) de la misma norma procesal
- MINISTRO RELATOR: Dr. Eddy Walter Fernández Gutiérrez
- CONSIDERANDO I: Que, tramitado el proceso laboral, el Juez Primero del Trabajo y Seguridad Social
- En grado de apelación, por auto de vista Nº 103/05 SSA-III de 18 de mayo
- Que, contra el auto de vista de 18 de mayo de 2005, la entidad demandada,
- CONSIDERANDO II: Que, conforme la amplia jurisprudencia del Tribunal Supremo, el recurso de casación es
- Que, de la revisión del recurso, se colige que el recurrente no cumplió los requisitos
- POR TANTO: La Sala Social y Administrativa Segunda de la Corte Suprema de Justicia de
- Relator:Ministro Dr. Eddy Walter Fernández Gutiérrez
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- Firmado: Dr. Eddy Walter Fernández Gutiérrez
- Dr. Juan José González Osio
- Ma. del Rosario Vilar G
- Secretaria de Cámara de la Sala Social y Adm. II.
