CONSIDERANDO I: Que, tramitado el proceso laboral, el Juez Primero del Trabajo y Seguridad Social
+++++++++++++++++++++++++++++++++++++++++++++++++++++++++++++++
VISTOS: El recurso de casación en el fondo de fs. 173-174 interpuesto por Henrry Simón de la Barra Valdez, contra el auto de vista Nº 186/05 SSA-III de 24 de septiembre de 2005 (fs. 170), pronunciado por la Sala Social y Administrativa Tercera de la Corte Superior del Distrito Judicial de La Paz; dentro el proceso social que sigue René Loayza Rodríguez, contra la Federación Departamental de Trabajadores Fabriles de La Paz, la respuesta de fs. 180-181-, los antecedentes del proceso; y,
CONSIDERANDO I: Que, tramitado el proceso laboral, el Juez Primero del Trabajo y Seguridad Social de la ciudad de La Paz, emitió la sentencia Nº 51/2004 de 10 de mayo de 2004 (fs. 133-138), declarando probada en parte la demanda de fs. 5-6 e improbada la excepción perentoria de prescripción planteada a fs. 17, disponiendo que la Federación Departamental de Trabajadores Fabriles de La Paz, pague Bs. 10.383.-, a favor del actor, por concepto de indemnización, desahucio, aguinaldo, vacación, sueldos devengados, con la reducción del pago a cuenta realizado
- DISTRITO: La Paz PROCESO: Social
- MINISTRO RELATOR: Dr.Juan José González Osio
- CONSIDERANDO I: Que, tramitado el proceso laboral, el Juez Primero del Trabajo y Seguridad Social
- En grado de apelación deducida por la Federación demandada, por auto de vista Nº 186/05
- Que, contra el auto de vista, la entidad demandada, interpone recurso de casación en el
- CONSIDERANDO II: Que, conforme la amplia jurisprudencia del Tribunal Supremo, el recurso de casación es
- Que, de la revisión del recurso, se colige que el recurrente no cumplió los requisitos
- POR TANTO: La Sala Social y Administrativa Segunda de la Corte Suprema de Justicia de
- Se regula el honorario profesional, en la suma de Bs
- Relator:Ministro Dr. Juan José González Osio
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- Firmado: Dr.Juan José González Osio
- Dr. Eddy Walter Fernández Gutiérrez
- Ma. del Rosario Vilar G
- Secretaria de Cámara de la Sala Social y Adm. II.
