CONSIDERANDO: que el Tribunal de Casación declara admisible el recurso cuando éste cumplió los requisitos
CONSIDERANDO: que el Tribunal de Casación declara admisible el recurso cuando éste cumplió los requisitos formales exigidos por los artículos 416 y 417 del Código de Procedimiento Penal, si interpone el recurso dentro del plazo de los cinco días de haber sido notificado con el Auto de Vista objeto de la impugnación, precisando hechos similares y estableciendo contradicción jurídica de una o varias normas aplicadas de modo diferente en el Auto de Vista impugnado y el precedente invocado
- PARTES : Ministerio Público c/ Mario Navia Terrazas
- Tráfico de sustancias controladas
- VISTOS: el recurso de casación de fojas 221 a 224 interpuesto por Mario Navia Terrazas
- CONSIDERANDO: que el Tribunal de Casación declara admisible el recurso cuando éste cumplió los requisitos
- Regístrese y hágase saber
- Fdo. Dr. Jaime Ampuero García
- Dra. Beatriz A. Sandoval de Capobianco
- Proveído.- Ruth Burgos Bonilla - Secretaria de Cámara.
