Que, a este efecto y de la revisión de los recursos, se colige que los
Que, a este efecto y de la revisión de los recursos, se colige que los recurrentes no cumplieron los requisitos enumerados en el inc. 2) del art. 258 de la norma procesal civil, porque el primero, no obstante de citar algunas disposiciones legales, los argumentos expuestos carecen de justificación y fundamentación, no precisa en qué consiste la vulneración en las que se hubiere incurrido, puesto que se limita alegar que el tribunal de alzada no realizó la adecuada valoración de las pruebas documentales y testifical producidas en el proceso; mientras que el segundo, sin especificar causales de casación, simplemente interpone un recurso intrascendente de escaso contenido jurídico, sin fundamentarlo adecuadamente, menos aún cita los folios del auto de vista impugnado
- MINISTRO RELATOR: Dr. Eddy Walter Fernández Gutiérrez
- CONSIDERANDO I: Que, tramitado el proceso laboral, el Juez Primero del Trabajo y Seguridad Social
- En grado de apelación, por auto de vista Nº 302 de 20 de agosto del
- En el recurso formulado por el apoderado legal de VELKO LTDA
- CONSIDERANDO II: Que, conforme la amplia jurisprudencia del Tribunal Supremo, el recurso de casación es
- Que, a este efecto y de la revisión de los recursos, se colige que los
- Que, en ese marco legal, lo expuesto en los recursos es insuficiente, haciendo inviable su
- POR TANTO: La Sala Social y Administrativa Segunda de la Corte Suprema de Justicia de
- Relator:Ministro Dr. Eddy Walter Fernández Gutiérrez
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- Firmado: Dr. Eddy Walter Fernández Gutiérrez
- Dr. Juan José González Osio
- Ma. del Rosario Vilar G
- Secretaria de Cámara de la Sala Social y Adm. II.
