Es decir ninguno de los recursos identifica la existencia de error in judicando o in
Que, a este efecto y de la revisión de los recursos, se colige que no cumplieron los requisitos enumerados en el inc. 2) del art. 258 de la norma procesal civil, porque, no obstante de citar algunas disposiciones legales, no especifican en qué consisten las violaciones denunciadas, no precisa de qué manera fueron presuntamente infringidas o aplicadas falsa o erróneamente, menos demuestran el error de hecho o de derecho en que se hubiera incurrido en la apreciación de las pruebas; simplemente como si se tratara de un memorial de conclusiones, el primer recurso hace una relación del expediente a manera de alegato y denuncia en la forma una presunta nulidad sin cumplir el principio de especificidad exigido por el art. 251 numeral I del Cód. Pdto. Civ. Y, en el fondo, remite sus fundamentos a memoriales que cursan en el expediente. Por su parte, el recurso de casación del actor, cita varios documentos y declaraciones testificales presuntamente omitidas en las resoluciones de grado, sin identificar cuáles son los errores de hecho o de derecho en los que se hubiera incurrido, para que pueda reconsiderarse dicha prueba.
Es decir ninguno de los recursos identifica la existencia de error in judicando o in procedendo, para dar lugar a la casación o la nulidad del proceso
- MINISTRO RELATOR: Dr. Eddy Walter Fernández Gutiérrez
- CONSIDERANDO I: Que, tramitado el proceso laboral, el Juez Primero del Trabajo y Seguridad Social
- Que, contra el auto de vista, a fs
- Por su parte, el actor, a tiempo de responder negativamente el referido recurso de casación,
- CONSIDERANDO II: Que, dentro de este marco legal corresponde verificar si es o no evidente
- Es decir ninguno de los recursos identifica la existencia de error in judicando o in
- Que, en ese marco legal, lo expuesto en los recursos es insuficiente, haciendo inviable su
- POR TANTO: La Sala Social y Administrativa Segunda de la Corte Suprema de Justicia de
- Relator:Ministro Dr. Eddy Walter Fernández Gutiérrez
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- Firmado: Dr. Eddy Walter Fernández Gutiérrez
- Dr. Juan José González Osio
- Ma. del Rosario Vilar G
- Secretaria de Cámara de la Sala Social y Adm. II.
